En qué podemos ayudarle
- Amparo indirecto contra actos de autoridad y de ejecución
- Amparo contra normas generales, autoaplicativas y heteroaplicativas
- Amparo directo contra sentencias definitivas y laudos
- Suspensión provisional y suspensión definitiva del acto reclamado
- Violaciones al debido proceso y al derecho de audiencia
- Amparo contra cobros y contribuciones locales
- Recurso de revisión, queja y reclamación
- Cumplimiento e inejecución de sentencias de amparo
- Amparo en materia administrativa y fiscal
- Análisis previo de procedencia y de causales de improcedencia
Cómo lo trabajamos
Antes de promover revisamos si el acto es impugnable, en qué momento nació el plazo y si conviene pedir la suspensión desde la demanda. Un amparo presentado fuera de término se desecha sin que nadie analice si tenía razón, y por eso el estudio de procedencia se hace primero.
Como regla general el plazo para promover amparo es de quince días hábiles, con las excepciones que la Ley de Amparo establece. El plazo se calcula sobre el caso concreto, no sobre la regla.
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